Las propuestas se encontrarán en consulta pública por 60 días, desde el 14 ó 16 de diciembre, según sea el caso, venciendo el plazo en febrero de 2017
El Reglamento Sanitario de los Alimentos – RSA – (Decreto 977/1996 del Ministerio de Salud) es la normativa que establece las condiciones sanitarias a las que debe ceñirse la producción, importación, elaboración, envase, almacenamiento, distribución y venta de alimentos para uso humano, con el objeto de proteger la salud y nutrición de la población y garantizar el suministro de alimentos sanos e inocuos. Se aplica a todas las personas naturales o jurídicas que se relacionen o intervengan en los procesos aludidos anteriormente, así como a los establecimientos, medios de transporte y distribución destinados a dichos fines. En otras palabras, el RSA determina requisitos específicos que deben cumplir las instalaciones y los alimentos a objeto de garantizar productos seguros para el consumo humano.
Considerando la modernización de los sistemas productivos, nuevos conocimientos y actualizaciones normativas de alimentos de entidades internacionales, particularmente del Codex Alimentarius, el RSA necesita estar en un proceso permanente de actualización. Este proceso está a cargo del Ministerio de Salud (MINSAL), para lo cual cuenta con la asesoría de la Comisión para la Actualización del Reglamento Sanitario de los Alimentos para la evaluación, formulación y actualización de esta normativa. Esta Comisión está formada por representantes de los servicios públicos con competencias en inocuidad y calidad de alimentos, la industria, la academia y los consumidores.
Las consultas públicas vigentes de propuestas de modificación al RSA son las siguientes:
1.-Propuesta de modificación del artículo N° 74 y eliminación de los artículos 74a, 74b y 75, sobre venta de alimentos en la vía pública.
2.-Propuesta de modificación del artículo N° 115, sobre inclusión de factores de Atwater (1)
3.-Propuesta de modificación del artículo N° 170 bis sobre el contenido de Tetrahidrocannabinol (THC) en alimentos en base a cáñamo
4.- Propuesta de modificación de los artículos 198, 203, 206, 207 y 235 sobre leche y productos lácteos.
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Fuente: SimFRUIT