El Fideicomiso bajo PACA el mejor antídoto a las insolvencias generadas a consecuencia del COVID-19 

Marzo 27, 2020|Opinión|

Por Matías Araya Varela,  Abogado-Socio de Araya & Cía.

Especialmente debido a la crisis económica que se ha producido a consecuencia del Covid19 y que principalmente está atacando la liquidez de las empresas, no pueden los exportadores de productos agrícolas olvidarse que son entidades dadoras de crédito y que por lo tanto deben tomar todos los resguardos necesarios para asegurarse el pago por los productos que están vendiendo.

El año 2009 cuando se produce la crisis económica, la industria agrícola sufrió muchos casos de impagos, recuerdo muy bien el caso de un recibidor en Estados Unidos, Ballantine que fue declarada en quiebra habiendo varias exportadoras acreedoras. Frente a esta situación algunas exportadoras- las menos- reaccionaron a tiempo, haciendo valer sus derechos de fideicomiso bajo PACA y recibieron el pago de sus acreencias, versus otras que no lo hicieron a tiempo o bien no cumplían con los requisitos para acogerse a este beneficio. Fue una lección muy fuerte para muchos.

Es importante mirar el pasado, para no volver a cometer los mismos errores. Por lo tanto la complicada situación económica nos obliga a utilizar correctamente el Fideicomiso bajo PACA. Quién se acoge a esta institución tendrá un crédito que se paga preferentemente, antes que cualquier otro acreedor, inclusive antes que los Bancos por sus créditos e incluso generando un aval automático de los socios, gerentes y accionistas de más del 10% de la compañía, quiénes responderán con sus bienes personales en caso de incumplimiento y no pago de las facturas amparadas por el fideicomiso (Trust) por parte de la empresa.

La situación al día de hoy es complicada, ya que una gran cantidad de exportadores no está cumpliendo con los requisitos esenciales para implementar el fideicomiso bajo la ley PACA y por lo tanto están renunciando de facto a este beneficio. ¿Qué se necesita para poder acogerse al mismo? ; 1.- Las ventas no pueden tener establecido un crédito superior a 30 días (Desde la recepción del producto en destino) 2.- Debe enviarse en un plazo no superior 30 días de vencida la factura. 3.- Lo más importante es enviar el Trust Notice, documento en donde se indican los embarques, la modalidad de venta, valores y en donde expresamente se acoge al fideicomiso. Este documento se notifica vía correo electrónico y ojalá por medio de un Courier. Esta modalidad la deben cumplir los extranjeros que venden sus productos en EEUU y también los que no tienen licencia PACA. En cambio aquellos que sí tienen licencia PACA en EEUU, notifican a través de sus facturas, las cuales en su parte inferior traen impresa una leyenda que les faculta acogerse a dicho beneficio.

Es fundamental, no cometer errores y aprovechar las ventajas gratuitas que entrega el fideicomiso bajo PACA. De lo contrario podría ser difícil que se paguen aquellos que vendieron, sin acogerse a este beneficio. Esta crisis podría dejar a muchos importadores en insolvencia y a muchos exportadores impagos por la falta de conocimiento respecto de sus derechos bajo la ley de Estados Unidos. Sin lugar a dudas que está en última milla la clave del éxito exportador.

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