La Pandemia no libera a las empresas de cumplir con la Ley de Inclusión: ¿Cómo hacerlo?

Marzo 30, 2021|Actualidad|

El próximo 01 de abril se cumplirán 3 años desde que se pusiera en marcha la Ley de Inclusión Laboral, la cual establece que empresas y entidades públicas con más de 100 trabajadores deban incluir un 1% de su plantilla con la contratación de personas con discapacidad.

A raíz de la pandemia que ha tenido efectos en diversas áreas del quehacer nacional, la Dirección de Trabajo (DT) aclaró que pese a la situación del Covid-19 en el país, la fiscalización de la norma seguirá sin cambios, y no se contemplarán consideraciones especiales al respecto.

Una definición que fue reforzada por la directora del Trabajo, Lilia Jerez, quien en una entrevista a Diario Financiero, destacó: “No se pude relativizar la normativa laboral, por muy excepcional que sean las circunstancias “.

Cabe precisar que a través de un comunicado (Ord. Nº899 del 11 de marzo), la DT precisó que la pandemia no libera a las empresas de cumplir la Ley, expresando que las empresas que, por razones fundadas, no puedan cumplir en forma total o parcialmente tienen medidas alternativas para dar cumplimiento, como por ejemplo, celebrar contratos de prestación de servicios con empresas que tengan contratadas a personas con discapacidad; o efectuando donacionaciones en dinero a proyectos o programas de asociaciones, corporaciones o fundaciones debidamente acreditadas (artículo 2 Ley Nº19.885).

Ahora bien, respecto a “razones fundadas”, la Dirección del Trabajo, agregó que “sólo se considerarán razones fundadas aquellas derivadas de la naturaleza de las funciones que desarrolla la empresa o falta de personas interesadas en las ofertas de trabajo que se hayan formulado”.

Cabe destacar que, si la empresa opta por aplicar una medida alternativa, debe explicar los motivos y la adopción de las medidas de manera escrita é a la Dirección del Trabajo con copia a la Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social, al Servicio Nacional de Discapacidad y al Servicio de Impuestos Internos. Una comunicación que debe ser realizada el mes de enero de cada mes, teniendo una duración de un año.

En este marco ASOEX su OTIC AGROCAP y Simfruit han desarrollado diversos webinars sobre la Ley de Inclusión y la aplicación en el sector frutícola. Una de ellas se realizó hace sólo unos días, contando con las presentaciones de dos expertos en la materia de la Fundación Arando Esperanza: Sandra Olave Vera, Asistente Social, Máster en Integración de personas con discapacidad y calidad de vida de la Universidad de Salamanca; y Reinardo Gajewski Molina, Abogado, Académico y Magíster en Derecho con mención en Seguridad Social.

Durante esta jornada, Sandra Olave, destacó el trabajo que la Fundación Arando Esperanza viene realizado desde ya hace algunos años junto a empresas frutícolas en materias de inclusión de personas con discapacidad. “Fue una experiencia muy positiva, no sólo para las personas con discapacidad que pudieron integrarse a trabajar y mejorar su futuro, sino que también para las propias empresas que pudieron comprobar que no sólo se mejoran los ambientes de trabajo, sino que también cuentan con personas tan comprometidas como cualquier otra a la hora de asumir el trabajo”.

Por su parte, el abogado Reinardo Gajewski , junto a explicar la Ley y contestar preguntas de los asistentes, indicó que “actualmente no hay ninguna razón para no cumplir la normativa, pues si una empresa tiene dificultades para la contratación de personas con discapacidad, las cuales deber ser muy bien fundamentadas, existen medidas alternativas para dar cumplimiento”.

Revise aquí la información sobre la implementación de la Ley en el sector

Fuente: Simfruit

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