Desde este lunes comienza a regir nuevo instructivo de desplazamiento en el país en el marco del Coronavirus

Junio 22, 2020|Actualidad, Nacionales|

 

El presente instructivo rige a partir del lunes 22 de junio de 2020 a las 5:00 horas, reemplazando el instructivo acompañado al Oficio N° 14.784, de fecha 12 de junio de 2020, suscrito por los Ministros del Interior y Seguridad Pública y de Defensa Nacional.

La presente normativa rige en todas aquellas zonas, comunas, provincias y/o regiones que hayan sido declaradas por la Autoridad Sanitaria afectas a cuarentenas territoriales y/o a la medida de cordón sanitario.

Autorizaciones para cuarentena territorial y cordones sanitarios

Se establece el listado de casos en que se autorizará el desplazamiento de personas sólo para los fines específicos y en la medida que sean estrictamente necesarios, según se indica en el documento, considerando al sector de envases y embalajes y su cadena de valor en las siguientes categorías:

1. Servicios de utilidad púbiica

k) Trabajadores de empresas recolectoras de basura, de transporte de residuos, fosas sépticas, rellenos sanitarios, limpieza y lavado de áreas públicas y personal contratado por empresas e instituciones que transporten y procesen materiales reciclables, embalajes y envases.

4. Alimentos y comercio esencial:

a) Personas que presten servicios en supermercados, panaderías, mercados, centros de abastecimiento, distribución, producción y expendio de alimentos, cocinas de restaurantes para delivery y los que provean los insumos y servicios logísticos para ellos. Asimismo, personas que presten servicios a entidades que se dediquen a la producción, distribución o comercio de los bienes esenciales para el hogar y las dedicadas a la producción de insumos para su almacenamiento y conservación. Los feriantes sólo cuando presenten su patente y su respectiva cédula de identidad.

c) Personal de empresas de agro alimentos y productores silvoagropecuario, respecto de los predios y faenas en los que se estén realizando procesos críticos (siembra, cosecha, procesamiento y distribución), así como labores de pesca y procesamiento de pescados y mariscos, producción de alimentos para animales, aves y piscicultura y producción de celulosa y productos de papel, cartón, derivados envases y embalajes.
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