OTIC AGROCAP destaca los diferentes usos que las empresas pueden hacer de la franquicia tributaria

Septiembre 24, 2021|Noticias Destacadas, Promoción|

Capacitaciones a personas haitianas realizadas en idioma creole por Agrocap en 2017

“Es importante que las empresas conozcan el uso que pueden hacer de la franquicia tributaria para capacitar a sus trabajadores. Hoy más que nunca se requiere una mayor capacitación de los trabajadores, pues es una forma de fidelizar, especialmente, si se considera que hoy el sector, así como muchas otras industrias, se enfrentar a una menor disponibilidad de trabajadores,”, precisó Mónica Delgado, Jefa Comercial de Otic Agrocap de ASOEX.

La profesional destacó que cada año las empresas del sector pueden destinar por ley, para capacitación de sus propios trabajadores, el equivalente de hasta el 1% de la planilla anual de remuneraciones imponibles, deducible directamente de impuestos. Recordó que si estos fondos no han sido utilizados en su totalidad, por ejemplo, al 31 de diciembre de 2021, pueden ser traspasados para el año siguiente (2022) a través de OTIC AGROCAP.

Delgado, asimismo, destacó las diferentes formas de capacitación a las cuales pueden optar las empresas:

Capacitación Normal: Capacitar a personas contratadas por su empresa, las cuales tendrán una cobertura Sence de acuerdo con su remuneración imponible real (100%, 50% o 15%, sobre valor hora sence)

Capacitación Pre-Contrato: Capacitar a personas que aún no han sido contratadas por su empresa. Esta capacitación no puede durar más de dos meses y bajo esta modalidad puede capacitar hasta el 10% de la dotación anual de trabajadores del año anterior.

Capacitación Post-Contrato: Capacitar a personas desvinculadas de la empresa que hayan tenido remuneraciones imponibles no superiores a 25 UTM. Esta capacitación se debe efectuar dentro de los 5 meses posteriores a la desvinculación de trabajador.

Gastos de Viatico y/o Traslado: Para aquellas capacitaciones presenciales realizadas fuera del lugar de trabajo, podrán solicitar al momento de inscribir la capacitación montos para gastar en estos ítems, los cuales deben ser rendidos a finalizar el curso para su reembolso. Se puede solicitar durante el año hasta el 10% del 1% del año en curso , con el tope de lo efectivamente aportado durante el año.

Plan de Capacitación con Comité Bipartito: Una vez conformado el Comité Bipartito, pueden presentar un Plan de Capacitación, Bajo formato Sence, que permite bonificar un 20% adicional al valor hora de aquellos cursos que sobrepasan el valor hora sence. Cabe estacar que esta alternativa no aumenta el beneficio del 1% para capacitación.

Detección de Necesidades de Capacitación: Podrá financiar un estudio de Detección de Necesidades de Capacitación, con el 10% del 1% de las remuneraciones imponibles anuales. Cabe destacar que dicho estudio debe cumplir con los requisitos de Sence para la aprobación de este gasto.

Cuenta de Reparto: Podrá ser utilizada por la empresa para la capacitación de trabajadores de otras empresas adheridas también a Agrocap, cuyas remuneraciones mensuales imponibles no excedan el equivalente a 15 UTM, al valor que tengan al mes de enero de cada año.

Para mayor información contactar a mdelgado@agrocap.cl

 

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