Desde el año 2013 el programa HuellaChile del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) viene incentivando voluntariamente la participación activa del sector privado en los compromisos de mitigación del cambio climático, asumidos en la Contribución Nacional de Chile (Nationally Determined Contribution-NDC), en el marco del Acuerdo de París (COP21), en la que nuestro país se compromete al 2030 a reducir sus emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) por unidad de PIB en un 30% con respecto al nivel alcanzado en 2007.
De acuerdo con País Circular, a través de esta herramienta, las organizaciones, tanto públicas como privadas, pueden respaldar sus acciones hacia carbono neutralidad. Ofrece una plataforma de cálculo nacional, gratuita, digital y estandarizada, que se encuentra alineada conforme a normas internacionales para declarar gases de efecto invernadero (GEI), a nivel de organizaciones, eventos, productos y comunas. La plataforma está disponible para que las organizaciones calculen y reporten sus emisiones, fomentando la mejora continua al establecer objetivos y estándares claros, y facilita la comunicación de resultados a las partes interesadas y al público. Para cuantificar los inventarios de GEI se emplean normas como la NCh-ISO 14064:2019, NCh-ISO 14067:2019 y el Protocolo Global para Inventarios de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero a escala comunitaria (GPC).
Estas normas y metodologías detallan los principios y requisitos para el diseño, desarrollo y gestión de inventarios de GEI, así como para la presentación de informes de las emisiones contaminantes. En cuanto a los procesos de verificación de las declaraciones de GEI, estas se realizan en conformidad a los requisitos de la NCh ISO 14064-3:2019. Mediante la plataforma, las organizaciones pueden postular a los distintos sellos del Programa HuellaChile, garantizando la trazabilidad en cada etapa del proceso.
Con la promulgación el año 2022 de la Ley Marco de Cambio Climático (LMCC), HuellaChile se transformará en el Sistema de Certificación Voluntaria de Gases de Efecto Invernadero y Uso del Agua, según lo dispuesto en el Artículo 30 de la mencionada ley. En este nuevo sistema, el Ministerio del Medio Ambiente será responsable de otorgar certificados relacionados con la cuantificación, reducción, gestión y reporte del uso eficiente del agua y forzantes climáticos de vida corta -estos últimos del tipo gases, aerosoles y partículas, incluyendo el carbono negro-, además de las actuales responsabilidades de HuellaChile en la gestión de emisiones de GEI.
Apoyo a la certificación y apertura de consulta ciudadana
El pasado 28 de octubre se abrió la consulta ciudadana del anteproyecto del reglamento del Sistema de Certificación Voluntaria de Gases de Efecto Invernadero y Uso del Agua con el objetivo de recoger observaciones generales, observaciones específicas y enviar documentos con antecedentes u observaciones de personas naturales, personas jurídicas y organizaciones sin personalidad jurídica que se registren en la plataforma https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/. El proceso estará disponible hasta el próximo lunes 2 de diciembre y las presentaciones también pueden realizarse por escrito vía fichas o formularios al ministerio y durante actividades como talleres presenciales y seminarios online.
Para el Ministerio del Medio Ambiente es relevante la participación de la ciudadanía, a propósito de “fortalecer” la comprensión del documento como el contenido del mismo y, por eso, realizó el Webinar ´Consulta Pública Anteproyecto del Reglamento del Sistema de Certificación Voluntaria de Gases de Efecto Invernadero y Uso del Agua´, donde se dieron a conocer los alcances y detalles del instrumento, se aclararon dudas y respondieron preguntas tanto de los actuales usuarios del programa Huella Chile como de potenciales interesados en, acceder a futuro, a dicha certificación.
En el seminario web, Andrés Pica, jefe División Cambio Climático de la cartera ministerial, destacó la oportunidad que tendrá el MMA de ejercer nuevas capacidades una vez que entre en marcha la mencionada herramienta.
“El artículo 30 de la Ley Marco de Cambio Climático nos permite empoderar aún más el trabajo que ya venía realizando HuellaChile. Hace más de diez años que estamos apoyando la certificación de huella de carbono a instituciones privadas, pero también a instituciones educacionales, municipalidades, universidades. En ese sentido, avanzar con este reglamento nos permite incorporar nuevas atribuciones, como lo es empezar a trabajar como ministerio y generar certificaciones voluntarias en materia de huella hídrica, huella de producto”. Agregó que la certificación voluntaria permitirá a las empresas diferenciarse, en base a un mejor desempeño ambiental y desarrollo de productos y servicios más sostenibles en el tiempo.
¿Qué contiene el anteproyecto?
Al rol que hoy ya realiza HuellaChile se le incorporan dos nuevas componentes: forzantes climáticos de vida corta (gases, aerosoles y partículas, incluyendo el carbono negro), así como la reducción o absorción de dichos gases y forzantes, que sean voluntariamente solicitados y cumplan con los criterios, metodologías y requisitos que establezca el reglamento.
En su exposición durante el seminario online, Arturo Espinosa, coordinador de HuellaChile, detalló que podrán, asimismo, otorgarse certificados, rótulos o etiquetas (por, ejemplo, elementos gráficos en los productos) relativas a la cuantificación, gestión y reporte del uso eficiente del agua, así como la reducción de su consumo, que sean voluntariamente solicitados y cumplan con los criterios, metodologías y requisitos que establezca un reglamento.
“HuellaChile pasaría de ser un Programa de Gestión del Carbono a ser un Sistema de Certificación Voluntaria. Esta será su nueva esencia, algo más integral e incorporando nuevas aristas”, agregó.
Respecto a la componente del agua, Espinosa recordó que, en la actualidad, el programa Transforma Cambio Climático de Corfo está realizando una consultoría, cuyo fin es diseñar un Sistema de Medida, Reporte y Verificación (MRV) de Uso del Agua para el Sistema de Certificación Voluntaria de Gases de Efecto Invernadero y Uso del Agua, con la colaboración del Ministerio del Medio Ambiente y la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático (ASCC). “El nivel 1 de agua está basado en la cuantificación y a su vez está basado en la ISO 14046; es símil a lo que lleva el Certificado Azul de la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático”, reparó.
En este nuevo modelo, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) se hará cargo de acreditar, autorizar y controlar a las entidades técnicas, es decir, aquellas empresas que emiten los informes de verificación y que velan por el cumplimiento de la metodología y del proceso de cuantificación, previo al despacho del certificado. Por su lado, Corfo en forma directa o mediante sus Comités, como la ASCC, colaborará con el Ministerio del Medio Ambiente en la promoción del involucramiento del sector privado y las respectivas certificaciones.
En las disposiciones generales del anteproyecto, los grupos de interés que participen en la consulta ciudadana podrán opinar, por ejemplo, respecto de las 27 definiciones contenidas, las que persiguen un mejor entendimiento del documento. Al igual que sucede hoy, los solicitantes de certificaciones puede ser cualquier persona, natural o jurídica, pública o privada, la que debe encontrarse registrada previamente en el Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Esta solicitud tiene que ir acompañada de la entrega de un reporte, cuyo formato se planteará por resolución, y un informe de verificación, respecto de lo cual la SMA publicará resolución que indicará contenido y forma siguiendo los lineamientos de la ISO 14064, parte 3. El Ministerio del Medio Ambiente evaluará el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de certificados dentro de los 30 días hábiles posteriores a la presentación de la citada petición, para otorgar la aprobación o solicitar nuevos antecedentes que respondan a ciertos hallazgos. La notificación será por medio del Sistema sectorial de HuellaChile que opera en Ventanilla Única.
Por otro lado, el anteproyecto establece un Registro Público de Certificados que contiene, por ejemplo, el nombre del titular del certificado y del verificador y vigencia del certificado, por un tema de trazabilidad. “Por ejemplo, si existe una institución que está comunicando que obtuvo la certificación, se puede hacer seguimiento o contrastar ante este registro público”, señaló Espinosa.
El Programa HuellaChile se integrará en el marco de la Ley Marco de Cambio Climático (LMCC), transformándose en el Sistema de Certificación Voluntaria de Gases de Efecto Invernadero y Uso del Agua, según lo dispuesto en el Artículo 30 de la LMCC.
¿Qué incompatibilidades se establecen?
Hasta el momento, el programa HuellaChile ha reconocido 31 organismos verificadores, los que deben contar con personalidad jurídica, a diferencia de los cuantificadores que no estarán bajo la supervigilancia del MMA ni de la SMA. Sobre el ámbito de acción de las entidades técnica, el coordinador del programa fue claro en indicar que estas no pueden realizar la cuantificación y la verificación para un mismo cliente. “Eso queda planteado como una incompatibilidad de una entidad técnica”, apuntó. En el caso de que no existan dichos entes para un alcance específico, el MMA considerará válidos los certificados que cumplan con los criterios del presente reglamento. Para lo anterior, estas entidades deben cumplir las instrucciones de carácter general que dicte al efecto la SMA y ser reconocidas por el MMA, bajo resolución, la que hará la separación por tipo de entidad técnica, complementó.
Dentro de las consultas de los asistentes al Webinar, se preguntó por la existencia de una lista de verificadores, a lo cual Andrés Pica respondió que, por el momento, la incorporación de nuevos organismos está cerrada, aunque, consignó que, una vez esté la resolución del ministerio, estimada para fines de este año, regulará el proceso de inscripción de manera transitoria, dado que al entrar en vigencia el reglamento sometido a consulta ciudadana, un nuevo registro operará bajo la responsabilidad de la SMA.
Hasta el lunes 2 de diciembre se podrán recibir comentarios, opiniones y dudas en la consulta ciudadana del anteproyecto del mencionado reglamento. Desde el Ministerio del Medio Ambiente y HuellaChile extendieron la invitación a participar del proceso de participación con sus inquietudes, ingresándolas en la plataforma.